
En Argentina, el artículo 14 bis de la Constitución consagra que el trabajador, entre otros derechos, debe tener “participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección”.
Nacionales, Economía, 22 Sep (Redacción).- Por medio de un comunicado, las entidades del G7 aseguraron que “rechazan categóricamente” el proyecto de ley de participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas que impulsa el diputado Héctor Recalde,
“máxime cuando se comprueba que avanzan hacia un poder de interferencia sindical que choca contra los principios constitucionales de derecho de propiedad y de ejercicio de toda industria lícita”.
Los dirigentes empresarios compartieron un almuerzo en la sede de la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA), donde fueron recibidos por el titular del Macro, Jorge Brito.
Estuvieron por la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Carlos de la Vega; Construcción (CAC), Carlos Wagner; Sociedad Rural Argentina (SRA), Hugo Biolcati; Bolsa de Comercio, Adelmo Gabbi y la Unión Industrial Argentina (UIA), Héctor Méndez.
Estaría bueno que los empresarios nucleados en el G7 repasen nuesta Constitución Nacionale que en su artículo 14 bis dice textualmente: “ El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.

