
El fallo de la sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, que revocó la decisión de primera instancia que había dispuesto el bloqueo del blog «Quetepasaclarin.com» tras una demanda del Grupo Clarín, desestimó también la demanda contra el periodista Matías Castañeda, titular de ese dominio. (imagen: captura del blog Qué te pasa Clarín
por Félix Nazar (vía Télam)
Los magistrados Ricardo Gustavo Recondo, Graciela Medina y Guillermo Antelo, pertenecientes a la sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, emitieron un fallo a través del cual rechazaron una demanda de daños y perjuicios iniciada por una de las empresas del Grupo Clarín: Arte Grafico Editorial Argentino S.A contra el periodista Matías Castañeda.
A mediados de 2009, el Grupo Clarín había iniciado una demanda contra Castañeda por el supuesto hecho de que la creación y puesta en funcionamiento del blog colectivo de información general denominado «Quetepasaclarin.com» denigraba la marca Clarín. Según el propio Castañeda el nombre del blog fue inspirado en la frase que alguna vez pronunció el ex presidente Néstor Kirchner -«¿Qué te pasa Clarín, estan nerviosos?»-.
La justicia rechazó la demanda judicial de Grupo Clarin, protegiendo de esa manera el contenido del blog y haciendo respetar la libertad de expresión de un periodista crítico del grupo. Este fallo es importante dado que es la primera vez que la Justicia rechaza los intentos del monopolio Clarín de afectar la libertad de prensa de periodistas independientes, a quienes pretende amedrentar con el inicio de acciones judiciales, siempre improcedentes.
De la sentencia judicial opinada, se verifica que la conducta asumida por la Sala III resguarda el contenido y línea editorial de un blog, protegiéndolo de los intentos del Grupo Clarín de violentar su libertad de expresión. A través de este fallo, el Tribunal, bajo la garantía constitucional de la libertad de expresión, respeta el hecho de que un periodista ajeno a Clarin pueda tener un posicionamiento crítico respecto del mencionado matutino, y manifestarlo. He ahí lo novedoso de la decisión judicial: formula un expreso rechazo a los intentos del Grupo de amedrentar a un periodista independiente, reclamándole daños y perjuicios, por el sólo hecho de que, a través del blog, haya fustigado sus prácticas y línea periodística.
Este fallo desnuda el doble estándar, o doble moral, del Grupo Clarín, que pretende monopolizar la opinión pública, atacando la libertad de expresión, que el propio grupo dice defender, pero cuando la propia libertad de expresión no resulta acorde a sus intereses, pretende acallara.